Sueldos de empleados de comercio en septiembre: los básicos y adicionales vigentes
Los empleados de comercio percibirán en septiembre de 2026 los haberes correspondientes a agosto, que incorporan el tercer tramo de un aumento trimestral acordado en paritarias. El incremento es del 1,9% mensual, no acumulativo, aplicado sobre las escalas básicas de junio de 2026 durante los meses de julio, agosto y septiembre.
Los básicos brutos vigentes para agosto son tres: $1.305.461 para personal de maestranza, $1.317.965 para administrativos, y $1.322.132 para cajeros, auxiliares y vendedores. A esas cifras se suma la segunda cuota de $25.000 de una asignación extraordinaria de carácter no remunerativo, que se liquida junto con el sueldo de agosto. Los trabajadores a tiempo parcial o con jornadas reducidas cobran ese monto en proporción a las horas trabajadas.
El acuerdo también mantiene una suma fija no remunerativa de $120.000 que continuará liquidándose como concepto separado hasta su incorporación gradual al básico. Ese blanqueo se realizará en seis cuotas de $20.000 mensuales entre diciembre de 2026 y mayo de 2027.
Sobre los básicos se aplican varios adicionales según la tarea. El suplemento para cajeros de categoría A y C es de $144.198,68; el de categoría B asciende a $567.825,83, al que se agrega un plus por faltante de caja de $1.635,18 mensuales. Los armadores de vidriera perciben $46.042,28 extra. Los choferes y ayudantes tienen adicionales por kilómetro: $118,55 y $96,52 respectivamente en los primeros 100 kilómetros, y valores mayores en recorridos más largos. El adicional por antigüedad equivale al 1% por cada año trabajado en la empresa, calculado sobre el total de conceptos remunerativos y no remunerativos.
El convenio incluye además una asignación por presentismo sobre los conceptos liquidados en el mes.
Las partes firmantes, FAECYS, CAC, CAME y UDECA, pactaron una cláusula de revisión para octubre de 2026, cuando se evaluará la evolución de los índices económicos y se definirá si corresponden ajustes para el último tramo del año.
¿Tu recibo de septiembre refleja todos estos conceptos, o hay diferencias con lo que describe el convenio?
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